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Se encuentran publicadas en el BOC la Orden IND/12/2026, por la que se convoca para el año 2026 la línea de subvenciones INDUSTRIA 4.0.

Serán actuaciones subvencionables los proyectos de innovación en el entorno empresarial mediante la inversión en la implantación de soluciones en el ámbito de la Industria 4.0, mejorando procesos, productos y modelos de negocio.
Los proyectos consistirán en la incorporación de tecnologías que contemplen simultáneamente soluciones de hibridación del mundo físico y el mundo digital, de comunicaciones y tratamiento de datos y de inteligencia y gestión intra-empresa o interempresas.

El presupuesto subvencionable del proyecto deberá estar comprendido entre los 30.000 € y los 400.000 €

Los gastos subvencionables se dividen en los siguientes capítulos:
A. Inversiones en activos inmateriales y/o materiales nuevos que hagan referencia a la adquisición de maquinaria y/o equipamiento avanzado (hardware y software), u otro equipamiento que sea necesario para el funcionamiento de la maquinaria y/o equipamiento avanzado.
B. Colaboraciones externas necesarias para el diagnóstico e implantación del proyecto de Industria 4.0, prestadas por empresas o entidades que acrediten su experiencia en la materia, hasta un límite máximo del 20% del gasto total subvencionable.
C. Gastos derivados del informe auditor de cuentas referenciado en el artículo 15.2 c) de la orden de bases.

Serán subvencionables todas las inversiones que se realicen entre el 1 de enero de 2026 y la fecha de finalización del proyecto establecida en la notificación de resolución de concesión de la subvención.

La intensidad máxima de subvención a aplicar para todos los gastos subvencionables del proyecto será del 75%.


Existe un plazo de un mes (hasta el 8 de mayo).

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