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Se encuentra publicado en el BOC El Decreto 4/2025 de 6 de febrero, por el que se regula la concesión directa de subvenciones destinadas a fomentar la inversión industrial en Cantabria (ayudas "CRECE 1", "CRECE 2" y "CRECE 3").
Dentro de la línea dirigida a empresas industriales - dentro de ella hay una categoría de pyme y otra de Gran Empresa - hay una puntuación adicional para empresas del Besaya, esto es ubicadas en Cartes, Los Corrales de Buelna, Miengo, Polanco, Reocín, San Felices de Buelna, Santillana del Mar, Suances y Torrelavega o Campoo (Campoo de Yuso, Hermandad de Campoo de Suso, Campoo de Enmedio, Las Rozas de Valdearroyo, Pesquera, Reinosa, Santiurde de Reinosa, San Miguel de Aguayo, Valdeolea, Valdeprado del Río y Valderredible), y también comarcas en riesgo de despoblamiento.

Como novedad, en esta convocatoria se dividen en 3 grupos en lugar de en 2. Las ayudas "CRECE 1" y "CRECE 3" se someten al régimen de minimis, y las correspondientes a "CRECE 2" están sujetas al comúnmente denominado reglamento general de exención por categorías-, así como sobre el procedimiento de concesión directa elegido y la financiación de estas ayudas.

a) Ayudas "CRECE 1": Este programa tiene como finalidad apoyar las inversiones en el sector industrial encaminadas a incrementar la productividad y competitividad de las microempresas. Inversión subvencionable entre 3.000 y 50.000 euros. 40% y 45% de ayuda en munipios del Besaya y Campoo.
Para las inversiones realizadas después de la entrada en vigor de este decreto, las solicitudes de subvención, acompañadas de la documentación requerida, deberán presentarse en el plazo de seis meses contado a partir del día siguiente al completo pago de los gastos subvencionables al proveedor o proveedores. En el caso de inversiones realizadas entre el 1 de julio de 2024 y la fecha de publicación de este decreto, el plazo de presentación será de cuatro meses contado a partir del día siguiente a dicha publicación.
Para ser subvencionadas, las inversiones deberán estar facturadas y pagadas íntegramente con carácter previo a la presentación de la solicitud.

b) Ayudas "CRECE 2": Este programa pretende incentivar las inversiones en el sector industrial dirigidas a aumentar la productividad y competitividad de las pymes y grandes empresas, siempre que, tratándose de estas últimas, inicien el desarrollo de nuevas actividades económicas. Los proyectos de inversión tendrán un coste subvencionable máximo de 2.000.000 euros, con independencia del coste total del proyecto. Se establecen los siguientes importes mínimos por capítulo de coste de inversión subvencionable:
- Activos materiales (C1+C2+C3+C4+C5): 50.000 euros.
- Activos inmateriales (C6): 10.000 euros.
- Consultoría (C7): 10.000 euros.
a) Para las actividades previstas en letras a), b) y c) del artículo 16.2 de este decreto, el citado porcentaje no superará las siguientes intensidades máximas, según lo dispuesto en el artículo 14.12 del Reglamento (UE) nº 651/2014, de 17 de junio de 2014:
- Gran empresa: 15 %
- Mediana empresa: 25 %
- Pequeña empresa: 35 %
b) Para las actividades previstas en la letra d) del artículo 16.2 de este decreto, el citado porcentaje no superará las siguientes intensidades máximas, según lo dispuesto en el artículo 17 del Reglamento (UE) nº 651/2014, de 17 de junio de 2014:
- Mediana empresa: 10 %
- Pequeña empresa: 20 %
Las solicitudes podrán presentarse durante toda la vigencia de este decreto 


c) Ayudas "CRECE 3": Este programa está dirigido a estimular las inversiones en el sector industrial destinadas a incrementar la productividad y competitividad de las grandes empresas, cuando acometan proyectos de inversión en el marco de su actividad económica preexistente.
La inversión subvencionable mínima será de 100.000 euros. Se establece un importe mínimo para cada concepto de inversión de 3.000 euros por unidad, entendiendo por unidad un conjunto homogéneo funcional y no sus elementos o partes.
Con carácter general, el importe de la ayuda será del 10% de la inversión subvencionable, con un máximo de 200.000 euros.
No obstante lo anterior, ese importe será del 15% de la inversión subvencionable, con un máximo de 300.000 euros, si esta se realiza en la comarca del Besaya, de Campoo, o en municipios en riesgo de despoblamiento.Las solicitudes podrán presentarse durante toda la vigencia de este decreto 

En las líneas CRECE 2 y CRECE 3, se debe dar el efecto incentivador, por lo que la inversión no se podrá ejecutar hasta una vez solicitada la ayuda.

Estas ayudas buscan la inversión productiva en empresas industriales a través de inversiones enfocadas a la producción y a la implantación de nuevos métodos organizativos y de producción encaminadas a incrementar la productividad y la competitividad de las empresas, logrando el crecimiento económico de la empresa.
La línea de subvenciones CRECE, dirigida a empresas industriales apoya la inversión productiva en empresas industriales a través de inversiones enfocadas a la producción y a la implantación de nuevos métodos organizativos y de producción, encaminadas a incrementar la productividad y la competitividad de las empresas, logrando el crecimiento económico de la empresa.
En el Decreto de esta línea de subvenciones se detallan las actividades industriales, del sector servicios y de apoyo a la industria subvencionables.

Como novedad, se trata de una convocatoria abierta.



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